Alegato en defensa de constitucionalidad del proyecto de despenalización voluntaria del embarazo en tres causales, ante el Tribunal Constitucional
[ Alegato completo en el siguiente link, a partir de 1:13:12 https://youtu.be/bI2hDcUF2Wg ]
Buenos
días señoras y señores Ministros de este Excelentísimo Tribunal,
mi nombre es Irací Hassler, comparezco en representación de la
Brigada Ramona Parra, organización muralista, que ha sido y es
expresión del mundo juvenil popular, que con trabajo colectivo
aporta a la transformación del espacio público a través de
expresiones políticas por medio del arte. En mi calidad de encargada
de género y diversidad sexual de las Juventudes Comunistas de Chile,
me honra el día de hoy, representar a la histórica “BRP”, que
lleva su nombre en homenaje a la joven militante comunista, Ramona
Parra, asesinada en la Masacre
de Plaza Bulnes,
en 1946.
Nuestra
organización la componen miles de jóvenes, que luchan día a día
por una sociedad donde la persona humana se desarrolle plenamente,
especialmente velando por los derechos de la niñez y la juventud, en
todos sus sentidos y expresiones. Es justamente por esas niñas y
jóvenes, que nos presentamos frente a ustedes, Ministras y
Ministros, a defender el proyecto de ley que despenaliza la
interrupción VOLUNTARIA,
recalco voluntaria,
del embarazo en tres
causales -peligro de vida de la mujer, inviabilidad fetal de carácter
letal y embarazo por violación- un proyecto que es constitucional en
sus tres causales, y significa un avance en dignidad y derechos.
Consideramos
especialmente relevante, desde el espacio juvenil y popular en que
nos desarrollamos, la tercera causal, porque tiene rostro de niña,
de víctimas de violación menores de edad, hoy revictimizadas por el
propio Estado, obligadas a continuar un embarazo producto de una
violación y perseguidas penalmente pudiendo ir a la cárcel si
deciden interrumpirlo.
Es
esta situación extrema de violencia contra las niñas, la que nos
trae ante este Excelentísimo Tribunal;
que no se anule la esperanza de seguir siendo niña ante la niñez
arrebatada, una alternativa de dignificación de la vida y de reparar
en parte el trauma y dolor vivido.
No
queremos imposiciones para ellas, que han sido evidentemente
vulneradas en su integridad, y es por eso que convocamos al mandato
expresado en el numeral 1 del artículo 19 de nuestra Constitución
Política, que asegura “El derecho a la vida y a la integridad
física y psíquica de la persona” y por tanto no revictimice a la
mujer. Es por esto que hoy
vengo en solicitar a este ilustrísimo Tribunal
recoja este mandato, y declare
este
proyecto,
acorde a la Constitución Política de Chile.
La
lucha de las mujeres chilenas conquistó el aborto terapéutico, que
fue permitido por nuestra legislación entre 1931 y 1989. Es decir,
bajo la actual Constitución Política, se practicaban abortos
legales en Chile bajo ciertas circunstancias. La Constitución, que
también en el artículo 19, en su inciso segundo, “protege la vida
del que está por nacer”, delega a la ley esta protección, y así
durante 9 años, y contemplando el inciso primero de este artículo,
normó el derecho al aborto terapéutico. Solo a fines de la
dictadura y de espalda al pueblo de Chile, se modifica el artículo
119 del Código Sanitario, prohibiendo la interrupción voluntaria
del embarazo en forma absoluta. Hoy no estamos ante una norma
inconstitucional, puesto que nuestra Carta Magna es flexible en este
punto y con ese espíritu los constitucionalistas de la época
establecieron la redacción. El
Congreso está modificando una norma de menor rango que durante 9
años fue legal bajo la actual Constitución.
Las
mujeres hemos sido perjudicadas y desplazadas a lo largo de la
historia, de forma sistemática, lo que ha sido amparado por
concepciones conservadoras, morales, religiosas, en el nombre de la
familia y las tradiciones. Hemos tenido que romper barreras y
prejuicios, con la lucha de las mujeres, en la conquista de derechos
básicos y de nuestra autonomía, la misma que a los hombres no se
les cuestiona. Así tuvimos que ganar nuestro derecho a la educación
primaria obligatoria, al voto, al divorcio, a la pastilla del día
después. Hoy mismo seguimos luchando por educación sexual, por la
distribución de preservativo femenino, porque ni siquiera cuando nos
queremos cuidar, el Estado nos da las herramientas para proteger
nuestra vida y nuestra salud.
Hoy
luchamos también por despenalizar la interrupción voluntaria del
embarazo en 3 causales, y los mismos que se han opuesto a cada avance
mencionado, se oponen a nuestros derechos ahora. Hacemos presente,
señoras y señores Ministros, que esta
NO es una discusión moral ni religiosa, porque establecer políticas
sanitarias sobre esas bases no corresponde a un Estado laico y
pluralista como el nuestro,
menos aun cuando estas políticas tienen por objeto proteger la salud
integralmente, tanto física como mental, de todas las mujeres y
niñas. No
corresponde traspasar nuestras propias convicciones como regla para
el conjunto del género femenino,
y es por eso que el proyecto del Legislador no obliga a nadie, no
impone, sino que permite decidir, de acuerdo a sus principios o
creencias a cada persona, si continuar o no con un embarazo en las
tres
causales.
En
nuestro país, 17 niñas, adolescentes o mujeres son violadas cada
día. La violencia sexual contra las mujeres es de las acciones más
violentas que podemos sufrir, más aún una niña, en situaciones de
enorme vulneración e indefensión.
7 de cada 10 víctimas de violación son menores de edad: la causal
de violación tiene rostro de niña.
Estas niñas, en su mayoría, son abusadas por su entorno más
cercano, que representan el 89% de los casos. Es decir, quienes están
llamados a acompañar el desarrollo de las niñas, son quienes las
violan, humillan y maltratan. A quienes se les ha entregado el
cuidado de las niñas, son quienes abusan de ellas de la manera más
brutal. De
ellas,
el
10% queda embarazada producto de la violación, encontrándose en la
tercera causal de la cual se hace cargo este proyecto.
La
tercera causal -en tanto resultado de violencia sexual- hace exigible
el mandato de la debida diligencia del Estado ante hechos de
violencia contra las mujeres y niñas, tal como lo establece la
Convención
de Belém do Pará
ratificada
por Chile en 1996. En ella, Chile se compromete para prevenir,
sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, entendida esta,
de acuerdo a su artículo 1° como “cualquier acción o conducta,
basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico,
sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como
en el privado”. El
embarazo producto de una violación es una maternidad obligada que
constituye un hecho revictimizador; que perpetúa la vivencia de la
experiencia traumática una y otra vez, cristalizándose en sí mismo
en un nuevo hecho de violencia,
de imposición y tortura contra las niñas y jóvenes de nuestro
país. La
penalización de la interrupción del embarazo en la causal de
violación constituye pues, una nueva violencia contra la mujer, esta
vez mandatada por el propio Estado de Chile, estamos hablando de una
violación a los Derechos Humanos.
En
ese mismo sentido, se ha referido el Comité para la Eliminación de
la Discriminación contra la Mujer de Naciones
Unidas,
que insta al Estado en 2012, en sus Observaciones y Recomendaciones a
Chile, en la letra d) del numeral 35, a que “Revise
la legislación vigente sobre el aborto, con miras a despenalizarlo,
en los casos de violación, incesto, o riesgo para la salud o la vida
de la madre”.
La
tercera causal tiene rostro de niña, y lamentablemente de muchas
niñas de nuestro país a quienes se les han robado los sueños y
ultrajado inocencia, cargando el dolor físico del cuerpo violentado
por el machismo y la cultura que invisibiliza indolentemente la
violencia contra ellas, con el dolor traumático de llevar un
embarazo que es producto del acto más aberrante que ha vivido en su
vida o lo que conoce de ella, un cuerpo que pide alivio, que llora
justicia y reparación y no la tortura de una maternidad obligada,
impuesta por el propio Estado que juró garantizar su protección y
bienestar, ya que el Estado en su conjunto, con todos sus poderes y
con todas sus políticas se deben al interés superior de la niña.
La
realidad que viven las niñas y adolescente en Chile es diversa, pero
lamentablemente todas están potencialmente expuestas a ser víctimas
de violación o violencia sexual, sin distinción alguna. No
obstante, los contextos de riesgo varían entre una niñez y otras,
son mayores en aquellas donde hay mayores sectores de exclusión, esa
niñez más vulnerada y desechada, aquella niñez que le damos vuelta
la mirada para seguir evitando afrontar el abandono del Estado y las
políticas. En esos contextos esta causal se vive más
dramáticamente, perpetuando la violencia originaria sin contar con
condición alguna de contención, apoyo y reparación. Aquí
ésta causal tiene rostro de niña, pero de muchas niñas pobres de
nuestro país.
Lo
que el Congreso ha legislado, es que, en estos casos, la niña pueda
optar. ¿Puede alguien obligar a esta víctima del machismo más
extremo a continuar con ese embarazo y parir? ¿Puede el Estado,
incapaz de haber impedido esta situación, incapaz de haberle
entregado respeto y dignidad a esta niña, revictimizarla,
obligándola a traer al mundo a otro ser, producto de esa violación?
Nosotras decimos que no, y esperamos que este Excelentísimo Tribunal
no anule el proyecto del Legislador que responde justamente a las
recomendaciones de tratados internacionales de derechos humanos
ratificados por Chile, que tienen rango constitucional, para terminar
con esta forma de violencia contra niñas y mujeres que ya han
sufrido tanto.
Ministros
y Ministras de este Tribunal, el proyecto del Legislador, además de
apegarse a la Carta Magna y recoger su mandato para asegurar “el
derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la
persona”, encuentra sustento y responde de manera diligente a la
recomendación realizada por el Comité para la Eliminación de la
Discriminación contra la mujer de Naciones Unidas y se hace cargo de
lo establecido en el Convenio de Belem do Pará. Asimismo, expresa el
sentir de más del 70% de la ciudadanía y lo más importante, avanza
en dignidad y humanidad para las niñas, adolescentes y mujeres de
nuestro país en tres situaciones extremas. Por lo anterior es que
como representante de la Brigada Ramona Parra solicitamos a este
Tribunal que en su rol de velar por la Constitución y las leyes que
nos rigen, rechace el requerimiento de inconstitucionalidad, y que
prime entonces la voluntad de las mayorías ya expresada en el
Congreso Nacional.